La talla baja idiopática es más una descripción clínica que enfermedad en sí. Se define como una altura por debajo de 2 desviaciones estándar de la media para la edad (por debajo del percentil 2-3) en ausencia de anomalías endocrinas, metabólicas u otras enfermedades que justifiquen la talla baja. Es por tanto considerada como una variante de crecimiento (dado que las causas patológicas están excluidas). Otras variantes son la talla baja familiar y el retraso constitucional de crecimiento y desarrollo, consideradas ambas por algunos autores como variantes de la talla baja idiopática, ya que muchas veces se encuentran solapadas.
El tratamiento con hormona de crecimiento (GH) en pacientes con talla baja idiopática no se encuentra aprobado en la unión europea pero sí en Estados Unidos por la FDA (Food and Drug Administration) siempre que se cumplan determinados criterios como altura por debajo de -2.25 de la media, en pacientes que presentan edad ósea sin cierre epifisario y cuyo pronóstico de talla (basado en la edad ósea) se encuentre por debajo del rango esperado. El tratamiento con GH idealmente debería ser iniciado en la infancia temprana, para una eficacia más óptima. También se contempla el tratamiento en pacientes con talla baja idiopática con afectación psicosocial.
Cuando se decide iniciar el tratamiento, ha de estar estrechamente monitorizado por un experto en endocrinología pediátrica, basándose fundamentalmente en los parámetros antropométricos (incremento en la velocidad de crecimiento) y analíticos (IGF1). La dosificación está basada en el peso del individuo y en los parámetros descritos.
Autor | Dr. Luís Salamanca Fresno. Endocrinólogo Pediátrico. |
Especialidad | ENDOCRINOLOGÍA PEDIÁTRICA Y ADULTOS |
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